CONTRATO INCIVIDUAL POR TIEMPO DETERMINADO

En la ciudad de  Silao Gto a 05 de Abril de 2019, los que suscribimos el presente, a saber representada por el señora Karla Victoria Sánchez Silva como patrón, que en lo q sucesivo se denominará "el patrón", y , por la otra, la señora Jaqueline Rebeca Silva Silva por su propio derecho, como trabajador, que en adelante se denominará "el trabajador", hacemos constar que hemos convenido en celebrar un contrato individual de trabajo por tiempo determinado, bajo las siguientes:


CLÁUSULAS
Primera. Para los efectos del artículo _______ de la ley Federal del trabajador, la señora Karla Victoria Sánchez Silva declara que su representada es una sociedad mexicana dedicada a procesar mermelada con domicilio en Esperanza y que acredita su personalidad con

Llamarse Jaqueline Rebeca Silva Silva edad 22 estado civil soltera nacionalidad Mexicana y con domicilio en Esperanza 42 

 Segunda. Este contrato se celebra por un tiempo determinado de 90 días, con vencimiento en la fecha  05 de Julio de 2019 en virtud de que el trabajador sustituirá durante ese tiempo la señora Ayudante de cocina con motivo de mandar a capacitación al extranjero de éste, en la presentación de los servicios en  

Tercera. El trabajador se obliga a presentar los servicios personales que se especifican en la clausula anterior, subordinado jurídicamente al patrón, con esmero y eficiencia, en las oficinas (o talleres) del patrón, y en cualquier lugar de esta ciudad donde el patrón desempeñe actividades.

Queda expresamente convenido que el trabajador acatará en el desempeño de su trabajo todas las disposiciones del Reglamento Interior de Trabajo, todas las órdenes, circulares y disposiciones que dicte el patrón y todos los ordenamientos legales que le sean aplicables.

Cuarta. La duración de la jornada será de 8 horas diarias de

Lunes a Viernes y Sábado 4 horas con el siguiente horario: Lunes a Viernes de 7 de la mañana a 3 de la tarde y Sábado de 7 de la mañana a 11 de la mañana por lo que constituye una jornada semanaria de 44 horas.


Quinta. Cuando por circunstancias extraordinarias se aumente la jornada de trabajo, los servicios prestados durante el tiempo excedente se considerarán como extraordinarios y se pagarán a razón del ciento por ciento más del salario establecido para las horas de trabajo normal.
Tales servicios nunca podrán exceder de tres horas diarias ni de tres veces en una semana; en la inteligencia de que el trabajador no está autorizada para que laboren tiempo extraoirdinario, salvo que haya orden expresa y por escrito del representante del patrón y en caso que se excedan las horas posteriores se pagan triple, de acuerdo al art. LFT. 
No-67 y 68------------

Sexta. El trabajador está obligado a checar su tarjeta o a firmar las listas de asistecia, a la entrada y salida de sus labores, por lo que e incumplimiento de ese requisito indicará la falta injustificada a sus labores, para todos los efectos legales además cumplirá con la función de__________________________ y las tareas de las 7 a las 7:10 checar entrada, de las 7:10 a las 7:30 lavado de manos, ponerse cofia, bata y zapatos de seguridad de las 7:30 a las 7:45 recoger las materias primas del almacén como son fruta, azúcar, la pectina, asido acitrico colorantes, tapas , frascos, etiquetas y cajas para empaque externas e internas, 7:45 a 8:00 lavado y desinfectado de fruta, 8:00 a 10:00 esterilización de frascos y secado, 10:00 a las 10:30 de refrigerio en el área de comedor, 10:30 a las 14:00 ayudar al cocinero a la elaboración de la mermelada, 14:00 a las 14:45 lavado de los materiales de producción como son ollas cuchillos, estufa y mesas ( todo lo necesario para la elaboración de la mermelada) 14:45 a las 13:00 lavado de bata y guardado en los lokers junto con los zapatos 13:00 salida

Séptima. El trabajador percibirá, por la presentación de los servicios a que se refiere este contrato, un salario de $500.00 pesos diarios, al cual se aplicará la parte proporcional correspondiente al descanso semanal, conforme a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Federal del Trabajador, El salario se le cubrirá los Sábados de cada semana laboral vencida, en moneda de curso legal y en las oficinas del patrón, estando obligado el trabajador a firmar las constancias de pago respectivas, teniendo en cuenta l dispuesto en los artículos ____________ de dicha Ley.

Octava. Por cada ___________ días de trabajo el trabajador tendrá un descanso semanal de __________ con pago de salario integro, conviniéndose  

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